Hola, en Onemarketer trabajamos todos 100% remoto, entiendo que el seguro COVID -19 es obligatorio solo para empresas que trabajan presencial, alguien tiene más información.
Mejor respuesta de Ronit Konitzki
Ver originalHola, en Onemarketer trabajamos todos 100% remoto, entiendo que el seguro COVID -19 es obligatorio solo para empresas que trabajan presencial, alguien tiene más información.
Mejor respuesta de Ronit Konitzki
Ver originalHola Gaby!
La obligación del empleador de contratar el seguro individual obligatorio de salud asociado a COVID-19, debe cumplirse dentro de los siguientes plazos:
a) trabajadores contratados antes de la incorporación de la póliza en el depósito de la CMF, el plazo es de 30 días corridos desde que la respectiva póliza es incorporada en el depósito antes mencionado y, b) trabajadores contratados o que vuelvan a prestar servicios presenciales después de la CMF, el plazo es de 10 días corridos siguientes al inicio de las labores del trabajador.
El empleador que no cumpla con la obligación de contratar el seguro antes mencionado, se hará responsable de las sumas que le habría correspondido cubrir al asegurador. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 505 y siguientes en el Título Final "De la fiscalización, de las sanciones y de la prescripción", del Libro V del Código del Trabajo.
Puedes encontrar más información en este link: https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-120403.html
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