Trabajadores “On-Call” y las 40 Horas.

  • 12 September 2022
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Trabajadores “On-Call” y las 40 Horas.

El gobierno ha anunciado una serie de indicaciones diseñadas para potenciar el famoso proyecto de ley que busca reducir la jornada ordinaria de 45 a 40 horas semanales, sin embargo, estas hacen poco por reconocer la flexibilidad necesaria que busca el mundo laboral contemporáneo. 

Un grupo que no ha recibido regulación alguna son los denominados trabajadores “On-Call”. Aquellos que deben permanecer en turno a la espera de un llamado para resolver una urgencia o necesidad espontánea y que son muy necesarios en la mantención, los servicios financieros, informáticos y en el área de salud.

Según la ley actual, la jornada de trabajo se define como el tiempo en el que el trabajador está prestando servicios y expresamente incluye dentro de esa definición el tiempo en el que el trabajador esté disponible pero no prestando servicios por razones que no le sean imputables. Esto implica que, si una empresa necesita tener un servicio disponible 24/7, deberá contar con un turno rotativo que permita distribuir el máximo semanal.

Cambios simples podrían ayudar al empleador a cumplir con las restricciones, pero con mayor flexibilidad, por ejemplo, la norma vigente en la Unión Europea, que también reconoce como tiempo trabajado los tiempos de espera o en “standby”, ha señalado que el máximo de horas semanales se debe evaluar como un promedio en un periodo de referencia de 4 meses, y no simplemente como una distribución semanal, permitiendo distribuir la jornada de forma más flexible. En el debate, se discutió la posibilidad de establecer un límite horario mensual en vez de semanal, pero las indicaciones del ejecutivo no van en ese sentido. 

Al mismo tiempo, las indicaciones del gobierno proponen rigidizar aquellos cargos en que es posible eximirse de una jornada, señalando al respecto de quienes trabajan sin supervisión inmediata, que deberán cumplir jornada en la medida que sea posible registrar la asistencia, algo que los medios tecnológicos permiten con gran facilidad, por lo que en la práctica solo gerentes, administradores y apoderados. Con ello, aquellos cargos de mediana jerarquía estarán sujetos a una jornada y no podrán ayudar a distribuir o coordinar el trabajo en caso de requerimientos esporádicos. 


Así las cosas, el caso de los trabajadores “On-Call” es un ejemplo más de los desafíos que se vienen en el mundo laboral. Esperemos que en las etapas legislativas que vienen sea posible incorporar algunas medidas de flexibilización para poder ayudar a gestionar estos cambios de forma más amigable.
 


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