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FINIQUITO Y DIAS A PAGAR

  • 26 April 2024
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Me gustaría saber si hay alguna jurisprudencia para apoyar lo siguiente:

  • Si renunció el lunes, me pagan el domingo?
  • Si renuncio el viernes, me pagan el sábado y el domingo?
  • Mi carta de renuncia dice que se hará efectiva el martes. Pero el martes no fui a trabajar...se paga este día?

gracias

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Mejor respuesta de Marie 29 April 2024, 18:12

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Hola @GUILLERMO ROBLES como estas? 

Te respondo tus inquietudes:

  • Si renunció el lunes, me pagan el domingo? / Cuando renuncias se deben considerar todos los días anteriores hasta el día que se hizo efectiva la renuncia, 

    Debes hacer una comunicación escrita ( una carta) dirigida al empleador, indicando su intención de renunciar a su puesto de trabajo y señalando la fecha en que ésta se hará efectiva.

    Esta carta de renuncia debe ser ratificada, ( confirmada) ante un ministro de fe que puede ser:

  1. Un fiscalizador de la Inspección del Trabajo
  2. Un notario público
  3. Un oficial del registro civil
  4. El secretario municipal correspondiente
  5. También puede ser el presidente del sindicato o el delegado de personal de su empresa. La renuncia voluntaria debiera ser presentada al empleador con 30 días de anticipación a la fecha de hacerla efectiva. Más info en: Renuncia DT
  • Si renuncio el viernes, me pagan el sábado y el domingo? / Te pagaran hasta la fecha que hayas indicado la renuncia, ningún día más. Recuerda que en una liquidación se consideran generalmente por un parámetro de 30 días trabajados.
  • Mi carta de renuncia dice que se hará efectiva el martes. Pero el martes no fui a trabajar...se paga este día? / Si haz dicho que el martes se hace efectivo considerando este día laboral, pero aún así te haz ausentado, el empleador puede asignar este día con ausencia, lo cual te descontarán por este día que correspondía laborar.

Además te recuerdo que el finiquito debe ser dado por el empleador dentro de los diez días hábiles siguientes al despido. Es decir, el empleador debe entregar el documento de finiquito y poner a disposición del trabajador el pago correspondiente.

De todas maneras todas estas dudas, puedes aclararlas con nuestro equipo SAC! 

 

Que tengas buen día!! 😀

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Excelente, muchas gracias!!!

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