Skip to main content

Hola Comunidad, espero que se encuentren bien.

Para los que tiene el modulo “Trato”, cuando los trabajadores con remuneración mixta (o a trato)  piden vacaciones ¿Cómo cancelan esos días? entendiendo que la ley señala que debe ser remuneración integra, ¿Qué conceptos incluyen para esto? ¿alguna formula en especifico?.

Quedo atenta a sus respuestas 🙂.

¡Sé el primero en responder!

Responder