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Bono sala cuna no constituye remuneración

  • 2 December 2021
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Bono sala cuna no constituye remuneración

Bono compensatorio de beneficio de sala cuna no resulta constitutivo de remuneración y, por ende, no es imponible ni tributable 

Según lo que indica la Dirección del Trabajo, el bono compensatorio de sala cuna  es de carácter indemnizatorio, lo que se encuentra incluido en aquellos mencionados genéricamente en el inciso 2º del artículo 41 del Código del Trabajo, como beneficio no constitutivo de remuneración, lo que permite sostener que el mismo no debe ser calificado jurídicamente de remuneración y, por ende, no sería imponible ni tributable.

Más información al respecto: http://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-110553.html


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