Subsidio Ingreso Mínimo Garantizado

Subsidio Ingreso Mínimo Garantizado
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El Subsidio para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado, es una ayuda económica para los trabajadores dependientes con jornada ordinaria. El subsidio permite aumentar los ingresos de los trabajadores de manera que se pueda garantizar un sueldo liquido de $340.817.- pesos mensuales.

 

Requisitos para acceder al beneficio:

  • Ser un trabajador dependiente, con contrato de trabajo. 
  • El sueldo bruto del trabajador debe ser menor a $452.477.- pesos.
  • Debe estar sujeto a una jornada ordinaria, es decir superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
  • Debe estar dentro del tramo del 90% de acuerdo a la calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares. 

En el mes de mayo, la postulación la debe realizar el empleador desde el día 4 de mayo hasta el 15 del mismo mes. En caso de que no efectúe la solicitud, debe informar a sus trabajadores los motivos por los cuales no ha podido realizar el trámite, caso en el que los trabajadores que cumplen con los requisitos podrán postular a partir del 16 de mayo directamente con su clave única en el siguiente link: https://www.ingresominimo.cl/. Si no otorga el aviso antes señalado, se le puede cursar a la empresa multas que van 5 a 60 UTM, según su tamaño. 

 

Para efectuar el ingreso, el empleador debe ingresar con su clave del SII en el siguiente link: https://www4.sii.cl/claveunicaauthui/#/login?response_type=code&client_id=24c14ade-f5fe-48ec-9aea-59483e99114b&redirect_uri=https:%2F%2Fwww.ingresominimo.cl%2Fclavetributaria&scope=rut%20dv%20rzSoc%20IP%20fecha%20hora&state=03016960-d07e-11ec-ac6e-dbb8147657e2 y descargar la tabla Excel de carga masiva. Esta tabla debe ser completada con la información de todos los trabajadores postulantes y luego ser enviada a través de la misma página. 

 

El empleador debe realizar esta gestión todos los meses, antes del día 15, siempre que los trabajadores sigan cumpliendo con los requisitos (en caso de no hacerlo, deberá mensualmente informar a sus trabajadores los motivos que le impide cumplir con la solicitud para que ellos puedan presentarla desde el día 16). Además, debe informar al o los sindicatos constituidos en la empresa y a sus trabajadores en general, sobre contenidos y requisitos de postulación a este subsidio.


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