Reajuste a las gratificaciones debido al incremento del IMM

Reajuste a las gratificaciones debido al incremento del IMM
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Este 26 de mayo de 2022 se publicó y entró en vigencia la ley 21.456 que aumenta el ingreso mínimo legal de $350.000 a $380.000 a contar del 1 de mayo de 2022 y a $400.000 a contar del 1 de agosto de 2022.

 

Esto trae como consecuencia un ajuste en los sueldos base que sean inferiores a esos montos como también en los tope de gratificación que pagan las empresas conforme al sistema del artículo 50 del C.T. (25% de la remuneración imponible mensual con un tope de 4,75 IMM al año), monto que se suele anticipar mensualmente durante el año.

 

La reliquidación puede variar, según lo que se haya acordado en instrumentos colectivos o individuales de trabajo. En algunos casos, se reliquida con cada alza del IMM, pagando el retroactivo de los meses anteriores del año. Otras empresas realizan la reliquidación en diciembre de cada año. Si nada se ha pactado, la Dirección del Trabajo les autoriza a hacerla en abril del año siguiente, por lo que en estos casos se sugiere a los trabajadores desvinculados, efectuar reserva de derechos en los finiquitos para cobrar esas diferencias de gratificación cuando sean exigibles. Dicha reliquidación supone el recálculo de las cotizaciones de seguridad social e impuestos, en caso que corresponda.

 

Valor final de la gratificación debido al aumento del IMM: 

  • IMM de $350.000.-

25% del IMM: $87.500.-

4,75 Tope anual: $1.662.500.- (esto se debe dividir por 12)

 

  • IMM de $380.000.-

25% del IMM: $95.000.-

4,75 Tope anual: $1.805.000.- (esto se debe dividir por 12)

 

  • IMM de $400.000.-

25% del IMM: $100.000.-

4,75 Tope anual: $1.900.000.- (esto se debe dividir por 12)


10 respuestas

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Hola

Espereando que esten bien, les dejo mis felicitaciones y excelente pagina !!!

Hola Angeles. Muchas gracias por la información, consulta ¿Este calculo Buk lo tiene disponible?

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Hola María! Efectivamente,  Buk calcula de forma automática esos valores. Y se actualiza de forma interna en la plataforma cada vez que lo indica o se actualiza la legislación.

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Consulta, que para con los meses de enero a abril, se deben reajustar las gratificaciones ??? en el fondo se deben igual todas las gratificaciones del año calendario ??? con respecto al ultimo aumento ??? 

me podrian dar referencia de la ley al respecto, seria de gran ayuda. 

 

Saludos 

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Hola Francisco:

De acuerdo a lo que indica la DT en este artículo, el sueldo mínimo que se debe considerar cuando el empleador paga el 25% de las remuneraciones como gratificación, es el sueldo mínimo vigente al 31 de diciembre. Por lo tanto, lo que debes hacer es sumar todas las remuneraciones recibidas por el trabajador durante el año, calcular el 25%, y compararlas con lo que resulta de multiplicar el sueldo mínimo vigente el 31 de diciembre por 4,75. Si el resultado es mayor a 4,75 ingresos mínimos mensuales, se deberá pagar al trabajador la suma que represente los 4,75 ingresos mínimos mensuales. Por el contrario, si el valor del 25% de la remuneración anual del trabajador es menor a los 4,75 ingresos mínimos mensuales se pagará al trabajador dicho 25%.

Espero haber aclarado tu duda.

 

Saludos!

Nivel de usuario 1
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Hola Caroline

 

Gracias por la explicacion y super claro el procedimiento, además del apoyo en el articulo de la DT.

 

saludos 

Hola María! Efectivamente,  Buk calcula de forma automática esos valores. Y se actualiza de forma interna en la plataforma cada vez que lo indica o se actualiza la legislación.

Pero según entiendo no calculan la diferencia que se genera con los meses anteriores, o me equivoco?

Hola Francisco:

De acuerdo a lo que indica la DT en este artículo, el sueldo mínimo que se debe considerar cuando el empleador paga el 25% de las remuneraciones como gratificación, es el sueldo mínimo vigente al 31 de diciembre. Por lo tanto, lo que debes hacer es sumar todas las remuneraciones recibidas por el trabajador durante el año, calcular el 25%, y compararlas con lo que resulta de multiplicar el sueldo mínimo vigente el 31 de diciembre por 4,75. Si el resultado es mayor a 4,75 ingresos mínimos mensuales, se deberá pagar al trabajador la suma que represente los 4,75 ingresos mínimos mensuales. Por el contrario, si el valor del 25% de la remuneración anual del trabajador es menor a los 4,75 ingresos mínimos mensuales se pagará al trabajador dicho 25%.

Espero haber aclarado tu duda.

 

Saludos!

Perso si el sueldo minimo sube dos veces en un año, como en el 2022 se debe pagar el reajuste que representa ese cambio en el sueldo minimo cuando la gratificación se paga al tope. Si en enero te pagaban 138542 (como gratificación tope) y en Diciembre te terminan pagando 158333 (Como gratificación tope) ese gratificación de enero de debe reliquidar, asi como la de Feb, Mar, y Abril, y tambien se deben reliquidar las de May, Jun, y Jul, ya que el tope de esos meses era 150417 ( IMM 380.000)

Consulta, que para con los meses de enero a abril, se deben reajustar las gratificaciones ??? en el fondo se deben igual todas las gratificaciones del año calendario ??? con respecto al ultimo aumento ??? 

me podrian dar referencia de la ley al respecto, seria de gran ayuda. 

 

Saludos 

Hola Francisco en mi experiencia como trabajador de RRHH y como colaborador, si. Ya que el calculo (con tope) se realiza con base a 4,75 IMM anuales, que se dividen por 12. Si cambia, una, dos o tres veces en el año el IMM esto se deben reliquidar los meses anteriores.

Hola Angeles. Muchas gracias por la información, consulta ¿Este calculo Buk lo tiene disponible?

Quería saber lo mismo...si este c{calculo esta automático en BUK

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