Extensión transitoria permiso Postnatal parental

  • 24 November 2022
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Extensión transitoria permiso Postnatal parental
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Hoy 24-11-2022 se publicó en el Diario Oficial la extensión del permiso post natal parental.

 

Según lo indica su artículo 1°: “Las trabajadoras y los trabajadores que se encuentren haciendo uso del permiso postnatal parental a que se refiere el artículo 197 bis del Código del Trabajo, y cuyo término ocurra entre el 1 de octubre y el 30 de diciembre del año 2022, tendrán derecho a solicitar su extensión, luego de su término, para el cuidado del niño o niña. La decisión de la trabajadora o del trabajador de ejercer este derecho o de reincorporarse a sus funciones al término del postnatal parental deberá ser comunicada por escrito mediante correo electrónico o carta certificada al empleador o empleadora con, a lo menos, cinco días hábiles de anticipación a la fecha de término del permiso, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva. Con todo, la omisión de la comunicación por parte de la trabajadora o del trabajador será entendida como una decisión de extender el permiso postnatal parental respectivo. Una vez que se haya informado a la empleadora o empleador la determinación de reincorporarse a las funciones conforme al inciso segundo, éste deberá remitir los antecedentes a la entidad pagadora del subsidio para los fines administrativos respectivos, dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la fecha de la comunicación. En caso de optarse por la extensión del permiso, éste deberá ejercerse en jornada completa y se extenderá desde el día siguiente al término del permiso postnatal parental hasta el 31 de diciembre de 2022.”

 

Además, en su artículo 3, se indica “- Las trabajadoras y los trabajadores que hagan uso de la extensión del permiso postnatal parental que otorga esta ley tendrán derecho a una prórroga del fuero a que se refiere el artículo 201 del Código del Trabajo. El período de prórroga será equivalente al período efectivo de la extensión del permiso postnatal parental, y regirá inmediatamente terminado el período de fuero antes referido.”

 

Para más información, puedes inscribirte en el Seminario Web dictado por la Superintendencia de Seguridad Social, a realizarse este viernes 25/11 a las 09.00 hrs. El link: https://us02web.zoom.us/webinar/register/WN_32ibf-FASUKYSjyBap4B_A

 

También puedes encontrar el PDF del Diario oficial aquí


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