Pregunta

Contratación trabajadores extranjeros


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Hola a Todos!! 

Consulta, si tengo un trabajador que vence su visa el 31/05/2023, qué pasa si no presenta su solicitud de permanencia en extranjería.. automáticamente se debe desvincular?


2 respuestas

Nivel de usuario 6
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Hola Dani, 

Encontré un ordinario de la DT que nos indica que “El contrato de trabajo celebrado con un trabajador extranjero que no cuenta aún con autorización administrativa, es perfectamente válido y eficaz para regular la relación jurídica existente entre empleador y trabajador, con independencia de las responsabilidades administrativas a que pudiere dar lugar el incumplimiento por parte del empleador de la prohibición de contratar a un trabajador extranjero que carece de permiso de trabajo, sin embargo,  la Dirección del Trabajo, carece de competencia para pronunciarse si determinados hechos podrían configurar causal de terminación de contrato, como ocurriría con la obligación para el trabajador extranjero de obtener su permiso de trabajo y mantener éste durante la vigencia de la relación laboral, o bien, para entrar a asimilar u homologar ciertos hechos con alguna de las causales fijadas en la ley, materia que es facultad de los tribunales de justicia.

Te lo dejo aquí para que lo puedas revisar detalladamente.

Saludos!

Nivel de usuario 3
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Hola Daniela, 

Al no haber una causal de despido por no tener en regla la situación migratoria, no procede la desvinculación “automática”. Sin embargo, lo que eventualmente se podría hacer es desvincularlo por la causal del art. 160 N°7 del Código del Trabajo, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, indicando que el trabajador incumplió con la obligación legal de trabajar  con un permiso de residencia vigente o al menos en trámite. Esto principalmente porque su situación migratoria irregular pone en riesgo a la empresa, frente a posibles sanciones y multas. Ayudaría enormemente si en su contrato o en un anexo figurara que el trabajador solo podrá prestar servicios al empleador con un permiso de residencia vigente o en trámite.

La opción del despido por esta causal conlleva riesgos, puesto que el trabajador de todas formas podría demandar el despido injustificado y quedaría en manos de tribunales de decidir si el despido se ajusta o no a derecho. 

Por lo mismo, si la intención es desvincularlo, lo importante es generar antecedentes previos a su despido, tales como el envío de una carta formal o una constancia en la Inspección del Trabajo indicando que debe regularizar su situación a más tardar el 31 de mayo. De esta forma, si lo despiden, pueden acreditar en un potencial juicio que si hubo advertencias en cuanto a su situación migratoria. 

Espero haber sido de ayuda.

Saludos. 

 

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