Comité Paritario de Higiene y Seguridad

  • 24 February 2023
  • 0 respuestas
  • 142 visualizaciones
Comité Paritario de Higiene y Seguridad
Nivel de usuario 4
Medalla +1

Un tema muy importante en las áreas de personas y prevención de riegos es el Comité Paritario de Higiene y Seguridad. Quieres conocer más sobre este tema, aquí te dejamos algunos datos importantes.

 

Qué es un Comité Paritario?

El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es una unidad técnica de trabajo conjunto entre la empresa y los trabajadores, que sirve para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales que pudieran sufrir los trabajadores.

 Los CPHS surgen en 1969 a través del artículo 66 de la Ley 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales del ministerio del Trabajo.

 

Cómo se conforma un Comité Paritario?

Un CPHS está constituido por:

  • Tres representantes titulares designados por la empresa, también llamados representantes patronales.
    Estos son designados por la empresa, la que nombrará tres titulares y tres suplentes (15 días antes del cese en sus funciones del comité que debe renovarse, en caso que corresponda).
  • Tres representantes titulares elegidos por los trabajadores, a través de votación.

    Se inscriben los trabajadores interesados que cumplan con los requisitos exigidos y se vota en forma secreta y directa, por titulares y suplentes, considerando:
    Titulares: quienes obtengan las tres más altas mayorías.
    Suplentes: los tres que siguen en orden decreciente de sufragio
    (Esta elección deberá realizarse mínimo 15 días antes del cese en sus funciones del comité que debe renovarse, en caso que corresponda).

Además, cada representante deberá permanecer en su cargo en el CPHS 2 años, con posibilidad de reelección.

Las causas para dejar de ser miembro del CPHS son:

  • Dejar de prestar servicios en la respectiva empresa.
  • No asistir a dos sesiones consecutivas, sin causa justificada.

 

Qué requisitos deben cumplir los trabajadores para ser elegidos miembros del Comité Paritario?

  • Tener más de 18 años.
  • Saber leer y escribir.
  • Un año mínimo de antigüedad en el trabajo.
  • Poseer cursos de orientación en prevención de riesgo o haber prestado servicios en el Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales de la empresa, si correspondiera.
  • Ser funcionario de planta o a contrata, en el caso de la administración pública.

 

Quiénes participan en la elección de los representantes de los trabajadores?
Pueden participar todos los trabajadores de la empresa, faena, sucursal o agencia; y si alguno desempeñara parte de su jornada en una faena y parte en otra, podrá participar en las elecciones que se efectúen en cada una de ellas.

 

Todas las empresas deben contar con un Comité Paritario?

Los comités paritarios son obligatorios en toda empresa, faena, sucursales o agencia en que trabajen más de 25 personas.
Además, en las empresas mineras, industriales, o comerciales que ocupen a más de cien trabajadores, es obligatorio un Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales.

 

Cuáles son las principales funciones de un Comité Paritario?

  • Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección.
  • Vigilar el cumplimiento tanto por parte de la empresa como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.
  • Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa.
  • Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador o no.
  • Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales.
  • Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo.
  • Promover la realización de cursos de capacitación profesional para los trabajadores en organismos públicos o privados autorizados para cumplir esta finalidad o en la misma empresa, industria o faena bajo el control y dirección de esos organismos.

 

Cuáles son los pasos a seguir para conformar un Comité Paritario?

Designados los miembros de la empresa y elegidos los representantes de los trabajadores, de entre ellos mismos se definen los cargos de presidente y secretario del comité. Si hay un empate se resuelve por sorteo. Por último, el propio comité formaliza su creación con un acta de constitución.

Una vez realizadas las votaciones y designaciones de cargos, y con las Acta de Elección de Representantes de  Trabajadores y el Acta de Constitución de Comité Paritario de Higiene y Seguridad, debes inscribir el CPHS en la Dirección del Trabajo, completando los formularios respectivos y adjuntando la documentación solicitada. Puedes revisar más detalles en la plataforma de la DT, apartado Comité Paritario » Registro. 

También debes dejar esta información en la respectiva mutualidad a la que te encuentres afiliado.

 

 

 

Cómo funciona el Comité Paritario?

El comité paritario podrá funcionar siempre que concurra un representante patronal y uno de los trabajadores. Cuando a las sesiones falten la totalidad de los miembros de una de las partes, no podrá efectuarse la reunión. Todos los acuerdos del comité se adoptarán por simple mayoría.

 

Además, el CPHS debe reunirse, de forma ordinaria, a lo menos 1 vez al mes, y será necesario que, al menos,  esté presente en la reunión 1 representante de cada parte, para que esta sea válida.

También podrán reunirse de forma extraordinaria a petición conjunta de un representante de los trabajadores y de uno de la empresa.

O en el caso de accidente grave o que provoque la muerte de algún trabajador; o que a juicio del presidente, le pudiera originar a uno o más de ellos una disminución permanente de su capacidad de ganancia superior a un 40%.

 

Más información

Tienes dudas, necesitas más información o requieres capacitación al respecto, puedes contactar a tu mutualidad y pedir asesoría. 

Te dejo unos link que te pueden servir 

Comités Paritarios - DT

Comités Paritarios - SUSESO

Ley 16.744 sobre Accidentes del trabajo y Enfermedades Profesionales

 

Además, recuerda que existen tres instituciones privadas y una pública a quienes las empresas pueden acudir por capacitación y cursos en prevención de riesgos, que son:

 

Espero que te sirva esta información!! 

 

 


0 respuestas

¡Sé el primero en responder!

Responder