Resuelto

Horario Flexible y Ley de 40 horas


Hola, tengo una duda, en la práctica cumplimos con las 40 horas semanales, pero en el papel, al hacer el anexo de contrato, ¿Cómo quedan los trabajadores con horario flexible? Leí el articulo de los trabajadores On Call, ¿Pero en la práctica como queda? Please feliz si alguien me puede ayudar por favor! 🙌🏻

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Mejor respuesta de Carla Conejeros 7 May 2024, 19:01

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3 respuestas

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Hola Daniella! buen día.

La ley 40 horas especifica que todos los colaboradores que no cumplan con los requisitos para tener jornada exenta, deben tener fijada una jornada laboral y esto va acompañado de un horario para cumplirla, esto, con el fin de dar certidumbre a los trabajadores, lo que favorece la conciliación de la vida familiar y laboral. Esto se refuerza al indicar que la asistencia debe ser controlada como obligación del empleador.

Si te refieres como flexibilidad a que el colaborador no tenga un horario fijo para cumplir sus horas laborales semanales; en especifico, la ley no menciona nada sobre este caso. 

En ese sentido, te recomiendo hacer la consulta directo a la Dirección del trabajo, si contempla estos casos y pueda hacer un pronunciamiento.

Muchas gracias Carla! Eso haré!

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Hola Daniela! buenas tardes

Me gustaría darte una actualización sobre este tema, que es mencionada en la nueva normativa de los Sistemas Electrónicos de Asistencia, Resolución Exenta N°38 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fue publicada el 9 de mayo recién pasado. En el Art.46° indica: 

“Flexibilidad horaria: Los empleadores podrán establecer un sistema de flexibilidad horaria, mediante el cual el trabajador pueda elegir el momento de inicio de la jornada dentro de una franja de tiempo, ajustándose automáticamente el momento de salida según la hora efectiva de ingreso.”

Con esto, al menos se oficializa que sigue existiendo la posibilidad de la jornada flexible sin un horario fijo, que no quedaba claro en la Ley 40 horas. Y al igual que en la normativa anterior, aunque esta no lo menciona explícitamente, debería quedar esto establecido en el reglamento interno, y por lo tanto, recomendación, en los contratos.

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